Unimet introdujo ante el MP denuncia contra actuación desproporcionada de la GNB
Autoridades y representantes legales y estudiantiles de la Universidad Metropolitana (Unimet), interpusieron este viernes ante el Ministerio Público (MP) una denuncia por las reiteradas oportunidades en que las fuerzas de seguridad del Estado han actuado en contra de manifestaciones pacíficas realizadas por estudiantes de la Unimet, degenerando en una represión “desproporcionada e inconstitucional” que ocasionó heridos y destrozos en las instalaciones de esta casa de estudios.
La denuncia fue presentada ante Juan Barradas, subdirector de Protección de Derechos Fundamentales del Ministerio Público, por el rector Benjamín Scharifker, el presidente de la asociación de Profesores de la Universidad Metropolitana (APUM), Guillermo Aveledo y el presidente de la Federación de Centro de estudiantes de la Universidad Metropolitana (FCEUnimet), Samuel Díaz, acompañados por Andrea Santa Cruz, Directora del Centro de Derechos Humanos de la Universidad Metropolitana (CDH-UNIMET).
En ella se alega que la actuación desmedida de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) “derivó en la violación de diversos derechos fundamentales como lo son: a la integridad física, a la manifestación pacífica, libertad de expresión, reunión, autonomía universitaria, libertad académica y propiedad privada”.
Según el texto de la denuncia la acción de la GNB “califica los delitos de: Trato Cruel, consagrado en el artículo 18, en concordancia con el artículo 5 de la Ley Especial para Prevenir y Sancionar la Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes, y Daños Violentos a la Propiedad, tipificado en el artículo 474, en concordancia con el artículo 473, numeral 2 del Código Penal”.
Las autoridades de la Unimet solicitaron a la Fiscalía General de la República se dé inicio a la investigación penal correspondiente, “de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 de la Constitución que obliga al estado a investigar y sancionar legalmente los delitos contra los derechos humanos cometidos por sus autoridades; y en el artículo 282 del COPP”.