Resolución del Consejo Académico Extraordinario N° 549

El Consejo Académico de la Universidad Metropolitana, reunido el 20 de octubre de 2021, considerando,

  1. Que son competencias legales y estatutarias de esta Universidad, sus autoridades y sus cuerpos de decisión colegiada, las decisiones sobre su método de enseñanza, su funcionamiento y la administración eficiente de su patrimonio;

  2. Que la seguridad integral de los miembros de la comunidad universitaria y de los visitantes a la Universidad es un principio fundamental para sus decisiones;

  3. Que continúa el impacto sobre la actividad universitaria derivado de la pandemia ocasionada por el virus Covid-19;

  4. Que la Universidad se ha mantenido activa de forma casi ininterrumpida en sus actividades docentes, administrativas y de extensión, pero manteniendo una presencialidad selectiva;

  5. Que la Universidad ha iniciado, a lo largo de los últimos meses, procesos sanitarios, tecnológicos y de infraestructura en preparación a la ampliación del marco de realización presente de sus actividades académicas, deportivas, culturales y de extensión;

  6. Que tanto las circunstancias de la coyuntura como los cambios estratégicos de la educación superior refuerzan la importancia de modelos educativos híbridos;

  7. Que existen expectativas de la comunidad en torno a un retorno al campus y sus implicaciones;

Conforme a lo anterior, resuelve:

  1. Reiterar que estamos avanzando en el Proceso de Retorno al Campus de modo progresivo, responsable, organizado y paulatino;

  2. Indicar que este Proceso se desarrollará en Etapas, en atención a los detalles de seguridad y factibilidad, y guiadas por un espíritu de flexibilidad y sentido común;

  3. Establecer que las directrices específicas de dichas etapas progresivas, diseñadas desde el Comité Rectoral y las comisiones asesoras relevantes, serán publicadas oficialmente por medio de los distintos canales de comunicación universitaria;

  4. Determinar los siguientes criterios generales para la interpretación para estas directrices, a saber:

    1. Que la planificación de cada curso en el presente período lectivo no será modificada;

    2. Que el aforo de ninguna actividad universitaria puede ser al máximo de su capacidad original, sino que estará limitado a condiciones de bioseguridad;

    3. Que toda eventual actividad docente presencial tiene que contar con un componente de conexión a distancia;

    4. Que no puede haber actividades evaluativas desarrolladas de manera presencial;

    5. Que los protocolos de bioseguridad vigentes son de obligatorio cumplimiento para miembros de la comunidad y visitantes externos;

    6. Que se observen las disposiciones de las autoridades locales, regionales y nacionales sobre el libre tránsito.

  5. Exhortar a aquellos miembros de la comunidad responsables de los espacios de trabajo universitario, a evaluar la situación física de los mismos.

  6. Llamar a todos los miembros de la comunidad a la corresponsabilidad y equidad en el desarrollo de este proceso, en atención a nuestra seguridad mutua y a las condiciones de nuestros miembros más vulnerables.

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